En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos ELVIS ELIX RODRÍGUEZ PALENCIA y GLEXI PATRICIA SALCEDO PÉREZ, el día veinte (20) de diciembre del año dos mil uno (2001), por ante el Jefe del Registro Civil y Secretaria respectivamente, de la Parroquia Los Cortijos, Municipio Autónomo San Francisco del Estado Zulia, acompañada a las actas en copia certificada, signada con el No. 103.