DECISION
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, constituido de manera Unipersonal, por ser procedimiento Abreviado, en nombre de la República por autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal declara: CULPABLE a los ciudadanos ALVARO LUIS RODRIGUEZ PALOMO, Venezolano, natural del Cumana Estado Sucre, tengo 25 años de edad, nacido el 20-02-1984, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.445.611, Primer Año de Bachillerato, hijo de Oneida Palomo (V) y Pedro Rodríguez (v), domiciliado en la Calle Salto Ángel, Casa Nº 47, del sector 25 de Marzo, San Félix Estado Bolívar y LUIS OMAR LUGO LOPEZ, Venezolano, natural de San Félix Estado, tengo 39 años de edad, nacido el 21-06-1969, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 9.863.934, Profesión u Oficio Mecánico, con 2°.....