PRIMERO: Actuando de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 330, ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, quien aquí decide admite totalmente la acusación presentada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Publico en contra del Imputado CARLOS ALEXANDER MARCANO, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad N° 11.982.353, por la comisión del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el artículo 34 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.- SEGUNDO: De conformidad con el articulo 330 ordinal 9° de la Ley Adjetiva se admiten las pruebas presentadas por el Fiscal del Ministerio Publico por ser Legales, necesarias y pertinentes, para el total esclarecimiento de los hechos.- TERCERO: De conformidad con el articulo 330 ordinal 8°, en concordancia con el artículo 42 de la ley adjetiva penal, visto que la pena no excede de 3 años en su limite máximo y.....