´Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE , para conocer en primera instancia de la demanda por resolución de contrato, interpuesta conjuntamente con inspección judicial, interpuesta por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SAN FRANCISCO, contra la SOCIEDAD MERCANTIL INGENIERÍA DE LA CONSTRUCCIÓN Y PREFABRICADOS C.A., (INCOPRECA)
SEGUNDO: SE ORDENA librar DESPACHO SANEADOR de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a los fines de que la parte demandante, la ciudadana Jeani Paola Castro González, titular de la cédula de identidad N° 19.679.563, parte demandante, SUBSANE el libelo de demanda presentado en fecha 30 de octubre de 2025, por ante este Tribunal.
TERCERO: ORDENA NOTIFICAR a la Alcaldía del Munici.....