Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio en atención al criterio jurisprudencial No.1070 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, instaurado por el ciudadano LUCAS JOSE RIERA GUANIPA, titular de la cedula de identidad No. V- 4.764.741, en contra de la ciudadana RUTH ELENA NIETO CABRERA, titular de la cedula de identidad No. V- 7.789.446, de este domicilio.- En atención a lo anterior se DECLARA DISUELTO EN DIVORCIO, el vinculo matrimonial que contrajeron los precitados ciudadanos por ante la primera autoridad civil de la Parroquia San Francisco Municipio San Francisco del estado Zulia, en fecha veintinueve (29) de diciembre de 1984, acta No. 1073.- Así.....