PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, constituido en forma Unipersonal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA INCULPABLE, y en consecuencia, ABSUELVE al acusado: FREDDY JOSE VERA TORRES, Venezolano, Natural Cabimas, Estado Zulia, de 31 años de edad, titular de la Cédula de identidad No. 12.845.337, soltero, de profesión u oficio Estudiante Universitario, residenciado en la Calle Córdova Nº 252, sector Barrio Unión entre la N y Buenos Aires, a dos CYTICOLORS , Ciudad Ojeda, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el Articulo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con el Artículo 15 Ordinal 1° Ejusdem, en perjuicio de la ciudadana SORAY.....