en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia por autoridad de la Ley, otorga el carácter de cosa juzgada al cumplimiento voluntario del reenganche y pago de salarios caídos, se da por terminada la presente causa seguida por los ciudadanos Rufino Valero, Gerardo Valero y Henry Castro en contra de MARAVEN S. A., después denominada PDVSA PETRÓLEO Y GAS S. A. y hoy denominada PDVSA PETRÓLEO S. A., y se ordena la remisión del expediente al Juzgado del Municipio Lagunillas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia para que proceda al archivo del expediente.