Por todas las consideraciones de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo establecido en los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con lo preceptuado en los artículos 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y artículos 267, 268 y 269 del Código de Procedimiento Civil, y como consecuencia lo anterior, extinguido el presente recurso de apelación, ejercido por el abogado SANTIAGO GONZALEZ, en representación del ciudadano JUAN DE DIOS MARCANO, en contra de la sentencia dictada en fecha 01-07-2003, por el Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Juez Unipersonal Nº. 1.