este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR la oposición a la medida de secuestro presentada por la sociedad mercantil CALZADOS GALERIA C.A., parte demandada en el presente litigio.
2.- Se REVOCA la medida preventiva de secuestro decretada por éste Tribunal en fecha 10-07-2013 mediante sentencia No. 296, en el juicio intentado por la sociedad mercantil INVERSIONES CALAFATE C.A contra la sociedad mercantil CALZADOS GALERIA C.A.-
3.- Se CONDENA EN COSTAS a la parte demandante de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida en la presente incidencia.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada por Secretaría de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada,.....