DECLARA:
• Consumado el Acto Procesal del convenimiento sobre Obligación de Manutención, de fecha diez (10) de Julio de 2013, celebrado por los ciudadanos BRENDA MILDRE LEAL URDANETA y LEWIS ERNESTO SOCORRO FERNANDEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-18.920.543 y V.-15.945.775 respectivamente, en beneficio del niño LUIS SANTIAGO SOCORRO LEAL, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido acuerdo transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
• Se ordena expedir las copias certificadas solicitadas.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaría.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio, Despacho del Juez Nº 1, del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo a los doce (12) días del mes de Agosto de 2.013. Años 203º de la Independencia .....