Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de los Municipios Mara, Almirante Padilla y Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: APROBADO y HOMOLOGADO el desistimiento hecho por la parte accionante, ciudadana BENEDICTA DE JESÚS SEBRIANT, asistida por el abogado ELLERY ALMARZA, en fecha 10 de agosto de 2011, a la presente demanda que por NULIDAD DE CONTRATO, hubiere intentando en contre de los ciudadanos VILMA JOSEFINA GONZALEZ y YOHNNY CORDERO. En consecuencia, se le da carácter de cosa juzgada formal y queda concluido el juicio. Devuélvanse los originales de los documentos acompañados a la demanda, previa su certificación en autos por Secretaría. Archívese el expediente.