DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus NERIO JOSE GRANADILLO BARRENO a la ciudadana LISDEIDA DEL VALLE MORAN DE GRANADILLO, en su condición de esposa, y a los ciudadanos DAIDELIS RUTH GRANADILLO MORAN, NERIO HOWER GRANADILLO MORAN, DEIVER ALBERTO GRANADILLO MORAN, y DIXON JOSE GRANADILLO MORAN en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Se declara terminado el presente procedimiento; devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas.
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Désele copia certificada por Secretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dad.....