Este Tribunal de Juicio ABSUELVE al ciudadano JHONNY SADIEL TORRES VARGAS de la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal Vigente. Segundo: Se exime del pago de costas procesales al ciudadano fiscal del Ministerio Público en virtud que a juicio de esta juzgadora existían suficientes elementos de convicción para ejercer la acción penal. Tercero: Se declara la Libertad Plena del ciudadano JHONNY SADIEL TORRES VARGAS, quedando en libertad desde esta sala de Juicios, todo ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal. La celebración de las Audiencias en la presente Causa se realizaron en formas orales, públicas, y cumpliéndose todos los principios procésales y constitucionales, el texto integro de la sentencia se publicará dentro del lapso legal conforme con el Artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena la remisión de la presente causa al Archivo Central de este C.....