Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DESALOJO siguieron los ciudadanos MAGALYS BEATRIZ OQUENDO y JULIO EPIFANIO DA SILVA contra el ciudadano MELVIS URDANETA ORTIZ. En consecuencia se condena a la parte demandada a dar cumplimiento a la obligación de entregar a la ciudadana MAGALYS BEATRIZ OQUENDO y JULIO EPIFANIO DA SILVA el inmueble ubicado en la calle 02, del Conjunto Residencial El Araguaney, signado con el Nº 6-64, situado en la Parroquia Altagracia del Municipio Miranda del Estado Zulia, identificado en actas, libre de bienes y personas.
SEGUNDO: Se condena al demandado ciudadano MELVIS URDANETA ORTIZ a pagar a los demandantes ciudadanos MAGALYS BEATRIZ OQUENDO y JULIO EPIFANIO DA SILVA, la cantidad correspondiente a los cánones de ar.....