DISPOSITIVA
Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto, por el ciudadano Abogado en ejercicio MARIO QUIJADA RINCON, actuando como defensor del ciudadano, acusado JORGE SEGUNDO PIRELA PIRELA. SEGUNDO: CONFIRMA la decisión de fecha 02 de julio de 2003, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en el Acto de Audiencia Preliminar, mediante el cual declaró Sin Lugar la solicitud de Nulidad Absoluta de la Aprehensión por Flagrancia, en la causa seguida en contra de su defendido por la presunta comisión del delito de VIOLACION EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 375, en concordancia con el artículo 80, ambos del Código Penal, y la aplicación de la agravante genéri.....