Por los fundamentos precedentes, este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA A CRÉDITO CON RESERVA DE DOMINIO y COBRO DE BOLÍVARES sigue la Firma Mercantil ¿C.A. LA CASA ELÉCTRICA¿, contra RICARDO ADOLFO GONZÁLEZ FUENMAYOR,