Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, este JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la actividad recursiva ejercida por el Profesional del Derecho JHONNY ANTONIO MORALES, en su carácter de apoderado judicial de la parte solicitante, ciudadana MIREYA JOSEFINA ROMERO PAREDES, en contra la decisión del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Cabimas de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, de fecha 14 de junio de 2016, y en consecuencia;
SE REVOCA lo decidido en el fallo apelado y se ordena el otorgamiento del titulo supletorio que sobre las bienhechurías y mejoras descritas, solicita en ejercicio del derecho de acceso a la justicia la ciudadana MIREYA JOSEFINA ROMERO PAREDES, identificada en las a.....