DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado de Control Nº 11, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley: ACUERDA al ciudadano ROLANDO JOSE GOYO CALDERA, titular de la Cédula de Identidad 26.050.400, la Suspensión Condicional del Proceso por el Lapso de 3 Meses, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto en el Artículo 39 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, debiendo cumplir con las siguientes condiciones:
- 1.- Residir en un lugar determinado; 2- Permanecer en un Trabajo estable. 3.- No verse involucrado en otro hecho no reincidir en este. 4.-Realizar 4 trabajos comunitarios, consistiendo los mismos en dos donaciones una a la Casa Hogar Maria Goretti y otra al Ancianato, ubicado al lado del Hospitalito San Antonio y dos en el Consejo Comunal, Sector El Trasandino, por el lapso de ocho (08) meses, que no obstruya su jornada lab.....