DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DELA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO intentó la Sociedad Mercantil BANCO PROVINCIAL C.A. BANCO UNIVERSAL, contra de la ciudadana LISBETH RAMONA LARREAL CARDENAS. En consecuencia:
1.- Se RESUELVE el contrato de venta con reserva de dominio celebrado entre la Sociedad Mercantil AUTO AGRO DE MARCAIBO. La cual cedió y traspasó sus derechos a la Sociedad Mercantil BANCO PROVINCIAL C.A. BANCO UNIVERSAL y la ciudadana LISBETH RAMONA LARREAL CARDENAS, suscrito en fecha 31 de Enero de 2007, ante la Notaría Pública Primera del Municipio Maracaibo del estado Zulia, bajo el No. 194.
2.- Se ordena a la ciudadana LISBETH RAMONA LARREAL CARDENAS, devolver y entregar a la Soc.....