Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio que por DESALOJO sigue la ciudadana AURA FELISA ROMERO DE DATICA, venezolana, mayor de edad, de oficios del hogar, titular de la cédula de identidad número V-3.317.289, domiciliada en la ciudad de Cabimas del Estado Zulia asistida en el acto del convenimiento por el Abogado en ejercicio FRANCHIN ANTONIO PALENCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 102.354 en contra del ciudadano GABRIEL ARCANGEL VARGAS ANDRADE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-4.830.981, de igual domicilio, representado po.....