DISPOSITIVA
En mérito de las razones antes expuestas, esta Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por los Abogados CARLOS LUIS INFANTE y AURA MARINA SÁNCHEZ GUTIÉRREZ, en su carácter de Fiscal Trigésimo Noveno Principal y Auxiliar del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, respectivamente. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión impugnada. TERCERO: Se insta al Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, realizar todos los trámites pertinentes, para llevar a cabo el juicio oral y público, en el asunto seguido al ciudadano HILARIO JOSÉ FUENMAYOR. Y ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, regístrese en el libro respectivo, déjese copia certificada en archivo, remítase la presente causa al Juzgado Sexto de Primera Instancia en Func.....