DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente:
1) La HOMOLOGACIÓN, del acto de auto composición procesal, celebrado por el ciudadano JOSÉ RAFAEL BARRETO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 9.974.691, en fecha 08 de julio de 2010.
2) Se ordena no archivar el expediente hasta que conste en autos el cumplimiento de lo convenido.
Se deja constancia que la parte demandante MERCANTIL C.A, BANCO UNIVERSAL, antes identificado, estuvo representado por los profesionales del derecho PATRICIA CAROLINA SARCOS ROMERO, NEOLI CAPO CUBA y JESÚS AUGUSTO SARCOS ROMERO, inscritos en el Inpreabogado bajo las mat.....