DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de primera Instancia en Función de Ejecución para la Responsabilidad Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA a las sancionadas IDENTIDADES OMITIDAS, determinándose que la sancionada IDENTIDAD OMITIDA ha dado cumplimiento a la sanción por espacio de CINCO (05) MESES Y TRES (03) DIAS, faltándole por cumplir de la Medida Libertad Asistida NUEVE (09) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS y Sucesivamente SEIS (06) MESES DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD. En relación a la sancionada IDENTIDAD OMITIDA ha cumplido con la medida Libertad Asistida por el lapso de OCHO (08) MESES Y NUEVE (09) DIAS, y le falta por cumplir SEIS (06) MESES Y VEINTIUN (21) DIAS DE LA MEDIDA LIBERTAS ASISTIDA Y SUCESIVAMEBNTE SEIS (06) MESES DE SERVICIOS O LA COMUNIDAD. Se fija como fecha.....