Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA, por estar cubiertos los extremos del Artículo 250 numerales 1 y 2 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los Artículo 256 numerales 3 y 8, 258 y 260 ejusdem, y los artículos 8, 243, 244 y 247 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al Ciudadano DONYS ANTONIO GUERRA OLEA, Venezolano por naturalización, natural de San Andrés Departamento Cordoba, Colombia, soltero, obrero, titular de la cédula de residente 22.663.393, de 40 años, nacido el 23/05/1966, hijo de Carlos Francisco Guerra y Paula Olea, residenciado en el Moralito, calle principal, del Barrio Bolívar, casa sin número, Municipio Colón del Estado Zulia, a quien el Fiscal 16 del Ministerio Público le atribuye la comisión de los deli.....