Se declara Con Lugar el Archivo Fiscal decretado por la Fiscalía Octava del Ministerio Público, en la causa seguida en contra del ciudadano HECTOR GABRIEL LIGARDO DÍAZ, por la presunta comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA, por cuanto de la investigación realizada no surgieron suficientes elementos de convicción para acusar al mencionado ciudadano, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia el CESE INMEDIATO DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada en contra del citado, sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Regístrese y notifíquese las partes. Ofíciese al Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite.