DISPOSITIVA.
Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente demanda. En consecuencia Resuelto el Contrato celebrado por la empresa Conjunto Vacacional Camino Real, C.A., y el Ciudadano Henry Bermúdez, ambos plenamente identificados en el encabezamiento de la presente sentencia y sin efecto jurídico, el mismo que quedó inscrito en el Registro Subalterno del Municipio Díaz del Estado Nueva Esparta, bajo el N° 8, Folios 37 al 40, Tomo 2, del 17 de octubre de 1994.
Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por resultar totalmente vencida en esta instan.....