DISPOSITIVO
Por todos los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Agrario Superior de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, con sede en Maracaibo, y con competencia Territorial en el estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el RECURSO DE APELACIÓN propuesto por el abogado en ejercicio CESAR MACHADO BARBOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.989.24, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 587., actuando con el carácter de apoderado judicial del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), contra el auto publicado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha diecinueve (19) de septiembre de mil novecientos setenta y dos (1972)
SEGUNDO: NO HAY CONDENA EN COSTAS AL RECURRENTE, debido a la naturaleza del fallo.
TERCERO:.....