´IV. DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley se declara:
• PRIMERO: La INCOMPETENCIA por la CUANTIA de este Órgano Jurisdiccional para conocer de la presente demanda por La INCOMPETENCIA por la CUANTIA de este Órgano Jurisdiccional para conocer de la presente demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por la ciudadana MARIA ELENA PRIMERA, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-15.411.524, domiciliada en la Avenida 17 con calle 111 Barrio Villa María numero de casa 17-59 parroquia Cristo de Aranza Maracaibo estado Zulia, en contra de la ciudadana AIDA MERCEDES FONSECA DE OBERTO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-13.747.862, domiciliada en esta ciudad y municipio Maracaibo.
• SEGUNDO: SE DECLINA la.....