Este Juzgado Superior declara: Ley declara:
1.- Su INCOMPETENCIA, para conocer y decidir el presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los abogados Venancio Segundo Amaya Chirinos y Luyetsi Elimar Pirela Álvarez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 108.500 y 312.557, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales de los ciudadanos OLGA ALEJANDRA GARCÍA RODRIGUEZ, DANILO JOSÉ FUENMAYOR, ÁLVARO MANUEL GARCÍA VALENCIA, JUNIOR JOSÉ RODRIGUEZ SÁNCHEZ Y FERNANDO ENRIQUE HERNÁNDEZ ROJAS, titulares de las cédulas de identidad Números. V-13.633.845, V-7.889.620, V-19.394.044, V-24.425.192, V-26.575.363, respectivamente, contra EL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS (REGION OCCIDENTAL),
2.- Se DECLINA LA COMPETENCIA para conocer del presente recurso al Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
3.- Ordena REMITIR el presente exp.....