declara:
• CON LUGAR la demanda por REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR intentada por el ciudadano ELEAZAR SEGUNDO ARROYO TORCATES, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.882.837, domiciliado en el Municipio Lagunillas del estado Zulia, asistido por la Abogada MARIA ROSARIO GONZALEZ CARDENAS, Defensora Pública Cuarta de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Zulia, extensión Cabimas, en contra de la ciudadana MARIELA COROMOTO ROJAS CRESPO DE ARROYO, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.209.266, domiciliada en el municipio Cabimas del estado Zulia, asistida por la abogada en Ejercicio IRIS VIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.25.456, en beneficio del adolescente y del niño (SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ART. 65 LOPNNA), de conformidad con los artículos 27, 385 386 y 387 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia, tomándose en cons.....