En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara formalmente embargado ejecutivamente el bien inmueble anteriormente señalado, identificado, alinderado y avaluado, con todas sus pertenencias, adherencias, instalaciones y demás bienes propios de este tipo de fundo, hasta por la cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 290.000,00), y hace entrega del mismo al Depositario Judicial nombrado y juramentado. De conformidad con lo establecido en el artículo 581 ejusdem, se ordena al notificado que las cantidades de dinero correspondientes a los cánones de arrendamiento que en lo sucesivo se causen, deberán ser remitidas al Juzgado de la Causa, es decir al Tribunal Octavo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial La.....