Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional HERNANDO BARBOZA RUSSIAN, abogado en ejercicio, de este domicilio, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la decisión de fecha veintitrés (23) de abril de 2008, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, 2) SE CONFIRMA EL FALLO APELADO, 3) SE CONDENA en costas a la parte demandada recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo.