SUSTITUIR la sanción de LIBERTAD ASISTIDA impuesta por la medida sancionatoria de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA , contenidas ambas en los Artículos 624 y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, respectivamente decretada al Joven IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, venezolano, de Veinte (20) años, nacido en fecha 16-07-1985, natural de Cabimas, estado Zulia, hijo de los ciudadanos Pablo (SE OMITE), titular de la Cédula de Identidad (SE OMITE), y domiciliado en (SE OMITE) Jurisdicción del Municipio Cabimas, estado Zulia, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Sección Adolescentes, Extensión Cabimas