Dispositivo.
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
¿ SE DECLINA LA COMPETENCIA del presente asunto sometido a su conocimiento por vía de apelación, al Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional, cuya Sede se encuentra en la ciudad de Caracas, para que a su vez conozca en Segundo Grado de jurisdicción la presente causa
¿ Se ordena oficiar al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, participándole lo aquí decidido.
¿ No se hace pronunciamiento sobre costas procesales, dada la naturaleza de lo decidido.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en c.....