Con mérito en los argumentos precedentes este TRIBUNAL UNDÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR: la demanda incoada por la ciudadana LIGIA MARIA DE FREITAS HEREDIA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. V- 15.748.139, y de este domicilio, actuando en nombre y propio y en representación de la ciudadana LIVIA MARIA DE FREITAS HEREDIA venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No. V- 10.413.760 representada en este acto por los abogados en ejercicio ROBERT CELEMINE ORTEGA, WILVER ALBERTO LUGO BRICEÑO Y FREDDY ALEJANDRO ESCALANTE ARRAGA venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nos. 9.767.769, 22.481.061 y 20.661.641 respectivamente, inscritos en el inpreabogado bajo los Nos. 63.929, 203.897 .....