-III-
DISPOSITIVA
Por lo expuesto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del estado Zulia y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADO, el acuerdo de pago celebrado entre el ciudadano IRVING FERRER, titular de la cedula de identidad N° V-13.930.610 asistido por el abogada LAURA MANSTRETTA y la sociedad mercantil SUPER TIENDA LATINO C.A., por intermedio de su representación judicial. SEGUNDO: Se le otorga carácter de COSA JUZGADA. TERCERO: NO HAY CONDENATORIA, en costas procesales de conformidad con el artículo 62 PARAGRAFO ÚNICO de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La presente decisión fue dictada en el lapso legal correspondiente.-
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE Y OFICIESE.-
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en conc.....