"Revisado como ha sido el presente asunto de Colocación Familiar, intentada por la ciudadana Elinor Orfelina Rojas de Rodriguez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.379.045, en su carácter de Abuela Materna de la niña "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente", debidamente asistida por la Defensora Publica Segunda Maria Celeste de Castro. Vista la necesidad de proveer a la niña de autos de una familia sustituta, este tribunal conforme a lo establecido en el Articulo 466, Parágrafo Primero, literal "e" de la Ley Especial, en concordancia con los Artículos 395 literal "b" y 397-C respectivamente en consecuencia, procede a Dictar MEDIDA DE COLOCACIÓN FAMILIAR de la niña "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en el hogar de su a.....