Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES, EL CESE INMEDIATO DE LA MEDIDA IMPUESTA Y LA CONDICIÓN de imputado del ciudadano JOSE AUGUSTO VAZQUEZ MURILLO, Colombiano, Natural de Tolima, titular de la cedula de identidad colombiana N° 12563026, de 44 años de edad, fecha de nacimiento 07-05-64, de profesión u oficio vigilante, hijo de Heriberto Vázquez ( Dif) y Diocelina Murillo, residenciado Barrio 23 de Marzo, casa N° 26-55, a una cuadra de la Bomba caribe, Municipio Maracaibo del estado Zulia, Teléfono: 0424-6105698/0426-7648708, en la causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito de USO DE DOCUMENTO FALSO, previsto y sancionado en el artículos 45 de la Ley Orgánica de Identificación, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; todo de conformidad con lo dispu.....