Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMATORIO, seguida por la Empresa Mercantil MUEBLES LAS NOVEDADES DE VENEZUELA, C.A (MUNOVEN C.A), representado por el ciudadano FABIO VILLA YAFRATE, venezolano, mayor de edad, casado, Licenciado en Administración, titular de la cédula de identidad número V-7.962.882, y domiciliado en el Municipio Autónomo Cabimas del Estado Zulia, actuando con el carácter de Presidente, asistido por la abogada JENNY MARÍN DE LEAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 33.788 , en contra de ZÀRRAGA ALEYSE, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N.....