Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, y con base a los elementos de convicción presentados y analizados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. ACUERDA al ciudadano ARGENIS OSNEIDO CARDENAS OLIVEROS, plenamente identificado en actas, medida cautelar sustitutiva, por encontrarse cubiertos los extremos establecidos en el artículo 250, numerales 1 y 2 del Código Orgánico Procesal Penal, relacionado con el delito de VIOLENCIA FISICA previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en concordancia con el artículo 5 eiudem, y con la agravante contenida en el artículo 21, numeral 3 ibidem, en perjuicio de la víctima ANA ISABEL RODRIGUEZ MARQUEZ. Se decreta la aplicación del procedimiento abreviado y la rem.....