La Asunción, 12 de mayo del 2006
Revisada la anterior solicitud de sobreseimiento emanada de la FISCALÍA NOVENA DEL MINISTERIO PÚBLICO del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, a cargo del DR. DIDIER ROJAS RODRÍGUEZ, de conformidad con el artículo 318, ordinal 3º, del Código Orgánico Procesal Penal, este juzgador para decidir, lo hace en virtud de las siguientes consideraciones:
I
La presente investigación se inició en fecha 31 de diciembre de 2001, en virtud de la denuncia formulada por la ciudadana Moreira Virginia Villarroel González, por ante el Órgano de Policía de Investigaciones Penales, según la cual el ciudadano MANUEL VILLARROEL, la maltrató físicamente.
Consta en autos, reconocimiento médico legal donde se evidencia el carácter leve de las lesiones apreciadas a la víctima Moreira Virginia Villarroel González, practicado por el médico forense Dr. Miguel Sánchez Jiménez, adscrito al Cuer.....