DECISIÓN
En mérito de las razones expuestas, ésta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el Recurso de Apelación interpuesto por los ciudadanos abogados RUBEN MORENO FRANCO y JHONNY PARRA OLIVARES, actuando en su carácter de defensores privados de los ciudadanos imputados ALEXANDER ENRIQUE FINOL BERMUDEZ y SAIDA PEREZ MAYORGA, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 21 de marzo de 2004, mediante la cual decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad a lo prevista en los artículos 250 y 251 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra de sus defendidos, por la presunta comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupef.....