Por los argumentos extensamente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, en uso de las potestades jurisdiccionales conferidas en el artículo 242 ex lege, declara CON LUGAR la demanda interpuesta por la Ciudadana MIGDALIA PIRELA en contra de la Ciudadana MARIA MILAGROS DA´SILVA PESTRANA plenamente identificadas ut supra. En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de un millón ciento ochenta y nueve mil doscientos cincuenta y cuatro bolívares con sesenta y tres céntimos (Bs. 1.189.254,63) por los conceptos que a continuación se discriminan:
PRIMERO: la cantidad de un millón cincuenta mil bolívares (Bs.1.050.000,oo) por concepto de pago de los cánones de arrendamiento correspondientes a los meses de agosto, septiembre, octubre de 2.003, a razón de trescientos cincuenta mil bolí.....