PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos interpuesto por los ciudadanos SIMON JOSE QUINTERO y JANETH PRIETO PORTILLLO, Abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los número 67.642 y 26003 respectivamente, en su carácter de Defensores del ciudadano NESTOR LUIS GAMARRO QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.139.718, contra la decisión Nº 798-2020, de fecha 23 de diciembre de 2020, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Villa del Rosario.
SEGUNDO: a partir del día hábil siguiente a la presente fecha comienza a transcurrir el lapso de cinco (5) días hábiles para el dictamen la