PRIMERO: "CULPABLE" al ciudadano ERNESTO LUIS URDANETA BLANCO, de nacionalidad venezolana, fecha de nacimiento 01-01-1990, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.167.797, hijo de ELIDER URDANETA y de NANCY BLANCO, soltero, obrero, alfabeto y residenciado en el Barrio Virgen del Carmen, calle 1, casa sin número, diagonal al Preescolar Encontrados, Municipio Catatumbo del Estado Zulia; por la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN CANTIDAD MENOR, previsto y sancionado en el segundo aparte del articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal de Venezuela, ambos en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, y lo condena a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR la Medida solicitada por la Defensa y en consecuencia SE DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTI.....