Por las consideraciones procedentes, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE CONDENA al Ciudadano : KENBER JESUS PRIETO PAREDES; Venezolano, natural de Maracaibo, titular de la cedula de identidad N° V- 19.938.610, de fecha de nacimiento 03-12-1990, de estado civil soltero, de profesión u oficio ayudante de carpintería, hijo de Maria Sara Paredes y Edgar de Jesús Prieto, residenciado en la Vía san isidro, casa 21-28, 5ta etapa, Vía la concepción, cerca de Planta "C". Estado Zulia, a cumplir la PENA de DIECISEIS MESES DE PRISIÓN, con las Accesorias de Ley Contempladas en los Artículos 16 y 34 del Código Penal venezolano Vigente para el Momento en que ocurrieron los hechos, Por el Delito de ACTO CARNAL, previsto y sancionado en el articulo 378 del Código Penal con la Agravante Genérica contemplada en el artic.....