DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
CON LUGAR la demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentó la ciudadana ANGELINA VILORIA BOLÍVAR en contra de la ciudadana GRISELDA BEATRIZ RAMÍREZ AZUAJE, y en consecuencia:
1. Se declara la resolución del contrato de arrendamiento celebrado en fecha 16 de noviembre de 2005 por ante la Notaría Pública Quinta de Maracaibo, anotado bajo el N° 97, Tomo 187 de autenticaciones.
2. Se ordena a la ciudadana GRISELDA BEATRIZ RAMÍREZ AZUAJE la entrega del inmueble el cual está constituido por un Local Comercial ubicado en la avenida 2 El Milagro, Centro Comercial Lago Mall, Nivel Uno, signado con el número PNC-16F, de la Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zul.....