Por los fundamentos antes expuestos, esta Sala Única de la Corte Superior del Sistema Penal de Responsabilidad de los y las Adolescentes con Competencia en Delitos de Violencia Contra Las Mujeres del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO, el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por la Abogada BELKIS ALEJANDRA VAZQUEZ MENDOZA, actuando como Defensa del ciudadano EFRAN MANUEL POLO MOLERO; en contra de la Decisión de fecha 23 de enero de 2018, bajo Resolución No. 056-2018, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medias del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en la causa signada bajo el No. VP02-S-2017-006586, por estar incurso en la causal de inadmisibilidad prevista en el literal "b" del artículo 428 del Código Orgánico Pr.....