JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana DELIA DEL CARMEN PALMAR, en contra del MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DEL ESTADO ZULIA y en consecuencia:
PRIMERO: SE DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA del acto administrativo contenido en la Comunicación Nº RH-231/2008 de fecha 15 de diciembre de 2008, suscrita por el abogado Carlos Luis Valbuena, actuando en su condición de Director de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio La Cañada de Urdaneta del estado Zulia, mediante el cual se prescindió de los servicios de la ciudadana DELIA DEL CARMEN PALMAR.
SEGUNDO: SE ORDENA a la entidad municipal querellada la reincorporación inmediata de la ciudadana DELIA DEL CARMEN PALMAR, titular de la cédula de identidad Nº v-1.....