- APROBADO Y HOMOLOGADO el convenio de Régimen de Convivencia Familiar, incoada por el ciudadano MARTIN ALONSO CARROZ RINCON, titular de la cedula de identidad N° V- 7.970.609, en contra de la ciudadana YELITZA DEL CARMEN PEREA HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 8.505.494, en beneficio de la niña SE OMITE EL NOMBRE DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y/O ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD, en consecuencia, se le da el carácter de cosa juzgada formal más no material.
- a- Se acuerda que el progenitor compartirá con la niña los días domingos en un horario de diez de la mañana (10:00AM) a las tres de la tarde (03:00PM) en el hogar de la tía materna EGLIS COROMOTO PEREA, por un periodo de tres (03) meses sin pernocta y sin salida fuera del hogar, desde la presente fecha hasta el día 11 de junio de 2014.
- b- Se acuerda que transcurrido el lapso de tres (03) meses, el progenitor compartirá con la niña los días domingos fuera del hogar materno en un horario de diez de la mañana.....